Perito médico para aseguradoras y gabinetes periciales: cuándo salir de la red habitual y cómo hacerlo sin directorio
Toda red de peritos tiene huecos: la especialidad que no cubre, la provincia donde no hay nadie, el pico de siniestros, el conflicto de interés. Qué exige la Ley 35/2015 al informe médico de la aseguradora, cuándo un gabinete necesita derivar y cómo el buscador de peritos de PeriaMed cubre el hueco sin publicar datos de nadie.
Una aseguradora con red propia de peritos y un gabinete pericial con equipo estable tienen el mismo problema en días distintos: el caso que la red no cubre. La especialidad poco frecuente, la provincia donde no hay nadie disponible, el pico de siniestros tras una fecha señalada, o el perito de siempre que resulta haber atendido al lesionado y no puede informar. Ninguna red lo cubre todo, y lo que se hace entonces suele ser llamar, esperar y aceptar lo que haya.
Esta entrada va dirigida a quien gestiona esas redes. Repasa lo que la ley exige al informe médico en el ámbito del seguro, cuándo un gabinete necesita derivar y cómo el buscador de peritos de PeriaMed cubre los huecos sin convertirse en un directorio.
Lo que la Ley 35/2015 pide al informe de la aseguradora
En los siniestros de circulación, la valoración de las lesiones no es libre. El art. 37 de la Ley 35/2015 establece que la determinación y medición de las secuelas y de las lesiones temporales se realiza mediante informe médico ajustado a las reglas del sistema, es decir, al baremo. Y el procedimiento de oferta motivada del art. 7 obliga a la aseguradora a fundamentar su propuesta, lo que en la práctica exige un informe médico que resista la contradicción.
Eso tiene dos consecuencias para la red de peritos:
- El perito tiene que conocer el baremo del año aplicable, con sus tablas, su nomenclátor y las reglas de estabilización. No es un conocimiento genérico: lo tratamos en qué tablas del baremo aplicar según el año.
- La especialidad importa cuando el lesionado reclama: un informe de valoración general resiste peor que uno de la especialidad en discusión cuando la parte contraria aporta un neurólogo o un psiquiatra.
Fuera del tráfico (vida, invalidez, accidentes, responsabilidad civil sanitaria) la lógica es la misma aunque el baremo no sea obligatorio: la aseguradora necesita un informe que un juez valore con las reglas de la sana crítica (art. 348 LEC), y eso lo da la especialidad y el método, no la pertenencia a la red. Sobre los seguros de vida e invalidez: informe pericial para el seguro de vida e invalidez.
Cuándo un gabinete necesita derivar
Un gabinete pericial vive de aceptar encargos, y el riesgo es aceptar el que no puede hacer bien. Las situaciones en las que derivar es mejor que estirar al equipo:
- Especialidad fuera del equipo. Una negligencia en cirugía plástica o en oftalmología pide un perito de esa especialidad, que hable de lex artis desde dentro. Un valorador generalista puede coordinar, no sustituir.
- Provincia sin perito que ratifique. Si el caso va a vista y el art. 347 LEC permite que se llame al perito, hace falta alguien dispuesto a comparecer en ese partido judicial.
- Conflicto de interés. El perito del equipo que trató al lesionado, o que ya informó para la otra parte en el mismo asunto, no debe firmar. Un perito de parte sigue sujeto al deber de objetividad del art. 335.2 LEC, y la otra parte puede tachar al perito por esas causas (art. 343 LEC).
- Volumen. El pico que el equipo no absorbe sin alargar plazos que el art. 336 LEC no permite alargar.
Derivar no es perder el cliente: es mantener la calidad del encargo que el cliente ha confiado al gabinete.
Por qué los directorios no resuelven el hueco
Un directorio público ordena a los peritos de alguna manera, y ese orden nunca es el del caso: antigüedad, valoraciones, quién paga más por aparecer arriba. Para quien busca, obliga a llamar a varios y esperar. Para el perito, lo expone a consultas de casos que no son suyos.
El buscador de peritos de PeriaMed parte de la decisión contraria: no publica ningún dato de peritos. Quien busca describe el caso y lo reciben los peritos con colegiación verificada que encajan por especialidad y zona; el perito decide si lo acepta, y solo entonces el solicitante recibe su ficha anónima. Nadie está arriba ni abajo, y los contactos se intercambian a la vez cuando ambos aceptan. Lo que eso significa para el perito está en recibir encargos sin figurar en un directorio.
Cómo lo usa una aseguradora o un gabinete
El formulario de solicitud pregunta primero quién pide el perito: aseguradora, gabinete pericial, abogado, particular u otro perito. Después, lo que un perito necesita para decidir si el caso es suyo:
- Profesión (médico, psicólogo u odontólogo) y especialidad.
- Provincia, para la exploración y, si procede, la ratificación.
- Tipo de caso: tráfico, laboral, negligencia, seguros, penal…
- Si el perito deberá ratificar en sala.
- Un resumen del caso de hasta 1.500 caracteres, sin datos del lesionado: mecanismo, lesiones, fase y qué se pide. Es lo único que circula antes del acuerdo.
El equipo de PeriaMed revisa la solicitud y la propone a quien encaja. El primero que acepta se queda el encargo; el solicitante recibe por correo la ficha anónima y tiene 5 días para aceptarla o rechazarla. Se pueden tener hasta 5 encargos abiertos a la vez, y un encargo sin perito caduca a los 14 días con aviso. No tiene coste para ninguna de las partes y PeriaMed no fija los honorarios: el acuerdo es directo entre el perito y quien le encarga.
Dos garantías que importan a quien gestiona una red: el orden de propuesta no depende del plan del perito ni de cuánto usa la plataforma, y el perito que acepta ha pasado la verificación de colegiación de PeriaMed.
Una nota sobre la posición procesal
Las aseguradoras preguntan a menudo si el perito «es de aseguradora» o «de reclamante». En PeriaMed esa distinción no es una etiqueta del perito: la posición procesal se elige en cada informe al generarlo, y lo que un perito virtual aporta es redacción (tono, vocabulario y reglas), nunca un bando ni una conclusión. Un mismo perito colegiado puede informar para una aseguradora en un asunto y para un reclamante en otro, con el mismo deber de objetividad. Lo explicamos en peritos virtuales: estilo, no criterio.
Conclusión
La red propia cubre la mayoría de los siniestros; el buscador de peritos cubre el resto sin obligar a nadie a figurar en un directorio ni a llamar a ciegas. Una aseguradora o un gabinete describe el caso, el equipo de PeriaMed lo revisa y lo recibe el perito colegiado de la especialidad y la provincia que decide aceptarlo. Sin coste, sin rankings y con la colegiación verificada.
Puedes pedir un perito ahora o ver antes cómo funciona el buscador por especialidad. Si tu gabinete quiere que sus propios peritos reciban encargos, la vía es encargos para peritos.
Referencias
- España. Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación. BOE-A-2015-10197. (Art. 7: oferta motivada; art. 37: informe médico ajustado a las reglas del sistema.)
- España. Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. BOE-A-2000-323. (Art. 335.2: objetividad; art. 336: dictámenes de parte; art. 343: tachas de los peritos; art. 347: intervención en el juicio; art. 348: valoración del dictamen.)
Preguntas frecuentes
- ¿Puede una aseguradora usar el buscador de peritos de PeriaMed?
- Sí. El formulario de periamed.es/peritos/solicitud pregunta quién pide el perito y una de las opciones es aseguradora, igual que gabinete pericial, abogado, particular u otro perito. La solicitud se revisa y se propone a los peritos con colegiación verificada que encajan por especialidad y provincia; el primero que acepta se lo queda y la aseguradora recibe su ficha anónima por correo. No es un directorio, no tiene coste y PeriaMed no fija los honorarios ni interviene en el acuerdo.
- ¿El orden en que se propone un encargo favorece a los peritos que más usan PeriaMed?
- No. El encargo se propone a los peritos que encajan por especialidad y zona, y decide quien lo acepta primero. Ni el plan contratado ni el uso de la plataforma intervienen. Tampoco existen etiquetas comerciales de «recomendado» ni rankings: la ficha que recibe el solicitante es la misma para todos, con especialidad, zona, experiencia y presentación. Esa neutralidad es una condición de diseño del buscador, no una promesa comercial.
- ¿Un gabinete pericial puede pedir varios peritos a la vez?
- Sí, hasta 5 encargos abiertos a la vez por solicitante, cada uno con su especialidad, su provincia y su resumen. Cada encargo se cierra cuando un perito lo acepta y el gabinete acepta su ficha; si a los 14 días nadie lo ha tomado, caduca y se avisa para relanzarlo con otros criterios. Un gabinete que necesita cubrir de forma estable una especialidad o una provincia puede además invitar a los peritos con los que ya trabaja a unirse a la bolsa desde periamed.es/encargos.